El código deontológico de los recursos humanos
El pasado viernes 30 de mayo se celebró el quinto encuentro de la VIII edición de los Desayuno de Trabajo, organizados por Esic Business & Marketing School, y Bancaja, con la colaboración de Las Provincias. Uno de los objetivos fundamentales de estos encuentros consiste en el intercambio de ideas y experiencias por parte de directivos y profesionales de empresas, sobre un tema de actualidad, que en esta ocasión fue El código deontológico del director de recursos humanos. El debate fue conducido y moderado por Andrés Mínguez, director del Master de Recursos Humanos y Organización, consultor-formador de Esic y autor de varios libros relacionados con el mundo de los recursos humanos.
El código es una herramienta de la deontología compuesto por los principios obligatorios que regulan una actividad profesional determinada. Médicos, abogados o periodistas tienen su propio código deontológico, pero, ¿por qué los directores de recursos humanos no tienen uno? El encuentro comenzó bajo esa premisa, que fue lanzada y respondida con un quizás porque desempeñan esta posición personas de muy diferente formación: ingenieros, personas sin titulación universitaria, psicólogos, graduados sociales, abogados, filósofos, historiadores...
Para clarificar conceptos, mientras que la deontología se centra en un colectivo, la ética lo hace en una organización determinada o en un individuo. Por ello, cuando se habla de código ético se está haciendo referencia a un conjunto de principios voluntarios que sigue una organización. Por su parte, la ética profesional serían los principios que, de forma voluntaria, sigue una persona.
Mientras, la deontología -o "estudio de lo conveniente"- se aplica al ámbito de la moral, es decir, a todas aquellas conductas que no están sometidas al control de la legislación pública. Mientras faltas y delitos están tipificados, los principios incluidos en los códigos deontológicos no lo están, ya que cada colectivo necesita unos principios diferentes. Al final, cada persona y organización tienen su propia ética, mientras que cada colectivo profesional se rige por su propio código deontológico.
¿No sería más práctico, entonces, redactar un código para el área de recursos humanos en lugar de centrarse en la figura del director? Probablemente sí, por ello, del debate se extrajeron una serie de recomendaciones que pasan porque el área de RR. HH. siga en todo momento la legalidad vigente, que el personal del área se rija por los principios de buena fe y profesionalidad y por el principio de confidencialidad, utilizando de forma restringida los datos personales de la plantilla, y que las personas con mando se rijan por el principio de equidad.
El código deontológico de cualquier colectivo es de obligado cumplimiento y, en caso contrario, el colegio profesional correspondiente -si lo hubiere-, puede abrir un expediente sancionador al profesional que haya incumplido alguno de sus principios o normas. Por el contrario, las organizaciones siguen un código ético de forma voluntaria y nadie les obliga a seguir las normas través de las cuales rigen su actividad. Eso sí, siempre es conveniente transmitir una imagen coherente.