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Salarios a la carta: Nómina flexible (y 2)
La
mayoría de los programas dedicados a la gestión de recursos humanos tienen
incorporado apartados que en mayor o menor medida permiten realizar una
gestión salarial a la carta. Así es en el caso de Peoplenet, de Meta4;
Recursos Humanos, de Peoplesoft; Milena, de Seresco, o Eflex, de William
M. Mercer. Sin embargo, no es imprescindible que el ordenador esté extendido
en la plantilla. Paradis explica que en la industria se establecen quioscos,
con ordenadores para consulta de los trabajadores. Alberto Puente, de
William M. Mercer, declara que en su caso, ellos prestan también el mismo
servicio sin necesidad de instalar su programa Eflex.
Esta
consultora se encarga de todos los trámites. Su sistema es muy sofisticado,
pues no se limita al programa; también se encarga de gestionarlo, así
como de contratar los servicios o comprar los artículos que se ofertan
a los trabajadores. Coches,
portátiles, seguros...
Muchas
son las posibilidades ofertadas por las empresas a sus trabajadores como
salario en especie. En la mayoría de los casos, la elección depende del
puesto de trabajo, pues no todo el personal puede acceder a los mismos
servicios o artículos. Lo normal es que en una primera fase de implantación
del sistema, el salario a la carta esté acotado a los directivos y al
personal más cualificado. Aunque
la oferta como salario en especie es tan amplia como dé de sí la imaginación,
hay una serie de servicios y artículos más frecuentes.
Una
parte de estos servicios tiene ventajas fiscales, pues no son considerados
como salario en especie. No se debe olvidar que el salario en especie
tributa en el IRPF exactamente igual que el resto de la renta del trabajo.
Por tanto, en aquellos casos en los que no se considera como salario,
la ventaja es poder rebajar la base tributaria en renta.
Seguros
de vida y de accidentes. Es uno de los más frecuentes, pues se pueden
obtener exentos de impuesto.
Pólizas
sanitarias. Cada vez más gente complementa la Seguridad Social con
un sistema privado, por lo que es uno de los más demandados. Además, tiene,
con límites, exenciones fiscales en renta.
Sistemas
de pensiones (planes o seguros). Es otro de los clásicos entre las
retribuciones en especie.
Coches.
La adquisición de un vehículo mediante el sistema de leasing o de
renting se está extendiendo, pues supone un ahorro en el coste final.
La empresa, que es su propietaria legal, se encarga de ir pagándolo, y
en la última letra lo pone a nombre del trabajador.
Ayudas
de estudios. Para el trabajador como, generalmente, para sus familiares,
aunque en este último caso, sí se considera salario en especie y tributa
como renta del trabajo. En el caso del trabajador sí está exento.
Vacaciones.
No se trata estrictamente de vacaciones, sino de días de permiso.
En el caso de EE UU, donde legalmente no se tiene vacaciones, es una de
las elecciones más frecuentes. En España, cada vez más trabajadores prefieren
tener días libres.
Vales
de comida. No deben pasar de 1.300 pesetas diarias, pues no estarían
exentas de tributar como salario en especie.
Ayudas
para guarderías. Van ganando poco a poco terreno y aceptación.
Préstamos.
El trabajador va devolviéndolo en sus nóminas.
Opciones
sobre acciones. Cada vez más extendido entre todo el personal de la
plantilla, y no sólo para los directivos, al igual que la suscripción
de acciones preferenciales. Con todo, suele ser para directivos.
Material
informático (portátiles, móviles, agendas electrónicas, tarifas planas...).
Es, sin duda, el rey de los artículos comprados a través de las empresas,
aunque alguna también ha ofertado televisores de pantalla plana. Además,
con las medidas para introducir Internet, tienen desgravaciones fiscales
para las empresas en el impuesto de sociedades y para el trabajador está
exento del IRPF.
Otros. Viajes, acceso a clubs o gimnasios, aparcamiento o lavandería.
Juan
Ferrari |